domingo, 6 de enero de 2008

ENSEÑANZA DEL DERECHO Y PLURALISMO JURIDICO

Debe considerarse que para lograr una formación legal apropiada a las necesidades del país, lacarrera profesional tendrá que ser entendida como un proceso signado por elementos filosóficos, ideológicos, sociales y políticos del entorno —sobre cuya base se formularán los fines y los medios para conseguirlos—, que determinarán tanto la orientación teórica que se imprima a dicha formación como las características de sus actividades prácticas. En ese sentido, la educación superior, la formación universitaria, no puede ser solamente una formalidad o un conjunto de instrumentos que no tengan finalidad o contenidos serios. Por esto se hace indispensable plantear nuevamente la visión del perfil de abogado.La determinación del paradigma de la educación universitaria actual: alta especialización, éxito personal, inserción en el mercado, lo que muchas veces encubre el desempleo. Pero ¿Cuáles son las necesidades reales que tenemos en materia jurídica? Necesitamos afianzar los mecanismos democráticos y participativos; necesitamos generar mecanismos de descentralización. Un perfil plantea el conjunto de actitudes que se espera forjar en el usuario del proceso formativo (‘capacidad para redactardocumentos’, ‘habilidad para expresarse correctamente’, ‘capacidad para conducir adecuadamente una causa’, etcétera); pero la preocupación por hacer del abogadoun agente de desarrollo no ha sido considerada en la mayoría de las ocasiones.En el caso de las provincias o de las regiones, un tema de importancia central se refiere a perfilar una normatividad regional que facilite la atención de asuntos varios —ambientales; manejo de presupuestos, descentralización de la participación ciudadana— y que tenga la potestad de legislar en esa materia. Los gobiernos regionales todavía no han llegado a ese nivel y se limitan a cumplir determinados roles, como el de justificarse ante el Ministerio de Economía yFinanzas por tener la capacidad de decisión. Es importante también indicar que dentro del contexto de interculturalidad entendido como marco referencial de la formación en Derecho, debe comprenderse que ya no hay un solo paradigma de justicia, sino varios modelos de derechoy de justicia; por tanto, la formación legal tiene que ser abierta, multidimensional en su concepto de aquello que es justo y aplicable para todos.Debemos acceder a una formación que nos permita entender los problemas de la realidad nacional, los problemas regionales y locales, y comparar los esquemas, contrastar las escatologías. ¿Cuáles son las prioridades, la escala de valores, de cada sociedad, de cada comunidad, y cómo atender ese tipo de problemas?Planteo la conformación de lo que llamo "sistemas jurídicos alternativos" para asistir este tipo de demanda, considerando dos cuestiones básicas. En primer lugar, el hecho de que el Derecho, y la escala de valores que supone, dependen de la cultura, cuyos preceptos el Derecho se encarga de formalizar; necesitamos establecer un punto de referencia para considerar todas las dimensiones o cosmovisiones que van de la justicia al derecho y precisar el fundamento último del Derecho: los derechos humanos. En nuestra opinión ellos son la aproximación más cercana para constituirse en paradigma ético de las diversas acepciones de derecho y justicia, porque contemplan los derechos individuales y los colectivos. Asumir una postura responsable frente a esto posibilitará el diálogo entre diversas formas de pensar o de entender el Derecho.Por otro lado, se necesita asumir los valores de diálogo, comprensión y tolerancia como fundamentos transversales de toda la formación jurídica. En las cátedras de Derecho Civil y de Derecho Penal deben considerarse estos principios; algo que nos ayuda en ese sentido es que nosotros tenemos la cátedra titular de Derecho Ambiental, en la que empezamos por formular políticas y aplicarlas, para solo luego pensar en el Derecho como un instrumento para ejecutar políticas ambientales.Esos nuevos puntos de vista cambiarán nuestra forma de pensar al abogado en las universidades, especialmente en el Perú. Desecharemos la concepción unilateral para entender que hay varias cosmovisiones de derecho y justicia; terminaremos con el dogma tradicional del Derecho Occidental y empezaremos a analizar el contenido de las diversas propuestas. Los discursos jurídicos no se presentan dentro de la lógica del discurso de los limitantes o la lógica de las normas; aparece también una lógica interna en el discurso de los jueces, que buscan evitarse problemas. ¿Cómo afrontar esta situación? ¿Cómo garantizar acceso a la justicia? Ya no podemos hacerlo sobre la base del principio de autoridad y la coerción; tenemos que establecer mecanismos de diálogo, de simplicidad del lenguaje, para encontrar un sentido común y así definir el Derecho de la forma más asequible, el Derecho de sentido común. Si no se tiene ninguna norma que establezca las reglas del servinacuy pero es aceptado, estamos legitimando la autoridad de esa institución y la de las autoridades locales que la hacen cumplir. De este modo, dejamos de negar la realidad y concedemos institucionalidad a nuevas dimensiones del Derecho; integramos a un sistema, también plural, el derecho de la jurisdicción comunal, despojándolo de su carácter y labor subsidiarios.Existe, entonces, una nueva visión del perfil de abogado. El Derecho es una disciplina fundamentalmente comprensiva, que exige no solamente eficiencia sino también ética y compromiso. Así se justifica que el abogado pueda ser un agente de desarrollo.Un tema muy interesante es la creación de una disciplina especial, cuyo nombre aún no se tiene. Considero que luego del anterior análisis podemos concluir que existen una autoridad reconocida, una regla de derecho conocida y la legitimación de la autoridad para hacerla cumplir. Nos referimos a un sistema jurídico, no necesariamente escrito, aceptado socialmente, que sería materia del curso "Jurisdicción Alternativa" en nuestra formación.¿Qué estrategia utilizamos para enseñar este curso, esta forma de acceso al terreno de la ley? Es difícil que llevemos un curso de forma tradicional, con clases magistrales, de la forma que llamo escolástica; necesariamente tenemos que abrir nuevas formas participativas. ¿Cómo lo hacemos? ¿Lo hacemos en aula o como trabajo de campo? "Vayan a tal comunidad y desarrollen, en Puno es más fácil hacerlo, los sistemas de justicia; evalúen, incluso definan; aproxímensea la definición de justicia de la comunidad X o Y." ¿Cuál es el contenido mínimo que debe tener este tipo de curso? ¿Cuáles los valores y los temas de justicia? ¿Cuáles son la autoridades reconocidas, los instrumentos que se utilizan? Y, finalmente, ¿cuáles las instituciones jurídicas que se han ya formalizado en la conciencia de las personas? También en esto hay queromper algunos paradigmas. No consideramos posible la existencia de un plan de estudios uniforme para todo el país: debemos orientarnos a cubrir las expectativas de cada región. De acuerdo con las realidades locales y sus necesidades, debemos dar a algunas materias el carácter de obligatoriedad. Tardé dos años para poder incluir en el currículo Derecho Ambiental como curso obligatorio. Para conocer de manera efectiva esta jurisdicción alternativa debemos relacionarnos con las autoridades judiciales de las comunidades, para aprender de ellas, y nopretender difundir un conocimiento que no se ajusta a sus realidades. Dentro de las modalidades de profesionalización o acreditación, podríamos conceder un cierto tipo de reconocimiento universitario a los dirigentes y personas que ejercen efectivamente la jurisdicción, considerando simplemente su experiencia.El decreto supremo 002-97TR refleja este tipo de orientación en la formación,desde una visión empresarial consistente en mejorar la calidad del rendimiento de sus técnicos. Esa norma estipula que el Ministerio de Trabajo otorgará títulos a nombre de la Nación a personas experimentadas en la práctica de algún oficio. La universidad debería aprender de quienes ya establecen estas nuevas formas de acceso a la justicia. Tenemos que romper con el muy antiguo paradigma de la exclusividad universitaria en la formación profesional. Esta formación busca potenciar las capacidades propias de cada comunidad y de cada sociedad específica, y definir la forma en que las universidades pueden aportar al rendimiento eficiente de tales capacidades. Debe redefinirse la competencia personal y territorial de las personas que están sujetas a estas facultades o a este tipo de jurisdicción. Se podría ya otorgar plenas facultades jurisdiccionales a algunos jueces de paz, a las comunidades, a los ayllus (porque en Puno no solamente se organizan en comunidades: también hay ayllus, agricultores sin tierras que deciden no estar en una comunidad y funcionan como parceleros), otorgándoles la condición de cosa juzgada. Cuando una persona o un abogado orienta sus estudios a la administración de justicia tiene necesariamente que manejar un amplio bagaje de conocimientos e instrumentospara atender estas realidades. Por eso en determinadas regiones, y también en la Academia de la Magistratura, es necesario que esos cursos sean obligatorios.Podemos concluir entonces que los temas de jurisdicción alternativa se deben incluir transversalmente en todas las materias o en todas las materias afines y en forma especial. La formación jurídica trasciende la formación universitaria e implica también la participación de los agentes públicos y privados, e involucra a todos los operadores del Derecho. Lo que nos queda es recomendar a todas las entidades vinculadas al acceso a la justicia que propicien este tipo de coordinación para generar políticas que impliquen también formación legal en estamateria.

Jesus Rafael Vallenas Gaona
Ex Decano de la Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas
Universidad Nacional del Altiplano
Puno
Peru